El BOE publica la autorización y declaración de utilidad pública del parque PSF Puerto Real (126,5 MW)

El BOE publica la autorización y declaración de utilidad pública del parque PSF Puerto Real (126,5 MW)

El Boletín Oficial del Estado publicó el lunes 14 de septiembre de 2026 una resolución administrativa relativa al parque solar fotovoltaico PSF Puerto Real, promovido por Fénix Renovable, SL, que establece la redacción de una nueva resolución de otorgamiento de autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para una instalación de 126,5 MW, ubicada en los términos municipales de Puerto Real y Jerez de la Frontera (Cádiz). La documentación del expediente incluye la instalación de una subestación 20/220 kV y una línea aérea de evacuación a 220 kV.

Qué cambia y a quién afecta

La publicación en el BOE formaliza el paso administrativo por el que la Administración debe emitir una nueva resolución que otorgue la autorización administrativa y de construcción y declare la utilidad pública del parque PSF Puerto Real por 126,5 MW, conforme a lo requerido por una sentencia judicial previa. El procedimiento afecta al promotor, Fénix Renovable, SL, a las administraciones y organismos consultados durante la tramitación y a los titulares de los terrenos incluidos en la alternativa de ubicación finalmente propuesta.

La resolución incorpora, como parte del proyecto, la subestación 20/220 kV y la línea aérea de 220 kV de evacuación, elementos necesarios para la conexión a la red. En el expediente constan condicionados técnicos y exigencias de distintos organismos competentes que el promotor ha recogido y con los que ha mostrado conformidad.

Antecedentes y tramitación del expediente

El expediente se remonta a una solicitud inicial presentada por Fénix Renovable el 13 de junio de 2013 y completada con subsanaciones y documentación adicional en agosto de 2013 y en fechas posteriores. El promotor remitió la documentación ambiental el 1 de octubre de 2013 y, en el marco de la evaluación de impacto ambiental, aportó nueva documentación en abril de 2014 y un anexo complementario en marzo de 2015.

Durante la tramitación se evaluaron varias alternativas de ubicación. Inicialmente se consideró una localización en parcelas de Jerez de la Frontera, descartada por solaparse con un área de campeo del águila imperial ibérica. En 2014 se propuso otra alternativa en parcelas de Puerto Real que resultó incompatible por cuestiones urbanísticas en una de las parcelas. Finalmente, el promotor planteó en 2015 una alternativa (parcelas 3, 4, 6, 26 y 27 del polígono 4 del término municipal de Puerto Real) que evita suelos de especial protección y ocupa suelos agrarios, propuesta que figura como alternativa adoptada en el estudio de impacto ambiental.

El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y tramitado según el Real Decreto 1955/2000 y el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental (Real Decreto Legislativo 1/2008). La tramitación incluyó la solicitud de informes y el sometimiento a información pública, con publicación en el BOE el 23 de noviembre de 2015, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en prensa, además de la exposición pública en los ayuntamientos de Jerez de la Frontera y Puerto Real, periodo en el que se recibieron y contestaron alegaciones.

Informes y condicionados técnicos

En el expediente figuran contestaciones de distintos organismos. Algunas administraciones indicaron que no se oponían a la autorización, entre ellas la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua de la Junta de Andalucía, la Agencia Andaluza de la Energía y la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET); el promotor manifestó su conformidad con esas contestaciones.

Otros órganos, como la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Junta de Andalucía y su Delegación Territorial en Cádiz, establecieron condicionados técnicos vinculados al acondicionamiento de accesos, a la ocupación de vías pecuarias y a la afección del dominio público hidráulico; el promotor expresó también su conformidad con esas exigencias. El Ayuntamiento de Puerto Real informó de la compatibilidad urbanística del proyecto y planteó condicionados técnicos adicionales, a los que el promotor respondió corrigiendo errores detectados en la documentación.

Red Eléctrica de España manifestó posibles afecciones a líneas de su propiedad y planteó condicionados técnicos. El expediente recoge que el promotor cumplimentó los procedimientos de acceso y conexión a la red de transporte, trámite tras el cual la compañía manifestó su conformidad a efectos de procedimiento. Endesa Distribución puso de manifiesto afecciones a una línea de alta tensión, y el promotor alegó cumplimiento de distancias reglamentarias. En varios casos, la ausencia de respuesta dentro de los plazos reglamentarios fue considerada, según la normativa aplicable, como conformidad por parte de los organismos a los que se dio traslado.

La documentación incorporada al expediente y las contestaciones de los organismos forman la base sobre la que deberá motivarse y argumentarse la nueva resolución administrativa ordenada por la sentencia que anuló las resoluciones anteriores y ordenó la retroacción del expediente al momento anterior a la resolución inicial de 16 de enero de 2019.

La resolución publicada en el BOE de 14 de septiembre de 2026 recoge estos antecedentes y la obligación de la Administración de redactar y motivar la nueva resolución de autorización administrativa, de construcción y de declaración de utilidad pública para el proyecto PSF Puerto Real por 126,5 MW; el promotor ha mostrado su conformidad con los condicionados y contestaciones recibidas en el trámite.

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-19187).

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