El Real Decreto 724/2026, de 9 de septiembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 10 de septiembre de 2026, regula la concesión directa de tres subvenciones en materia de industria durante el ejercicio presupuestario 2026. La norma atribuye la gestión a la Secretaría de Estado de Industria, a través de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, y justifica la vía directa por razones de interés público, social y económico y por la singularidad de las entidades beneficiarias.
Qué regula y por qué se concede de forma directa
El real decreto establece la regulación de tres subvenciones que se concederán de forma directa durante 2026. La disposición invoca el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que permite la adjudicación directa cuando concurren razones de interés público, social o económico u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
El texto oficial explica que la opción de la concesión directa se considera la más adecuada por el interés público, social y económico que justifican la continuidad de las actividades de las entidades afectadas y por la dificultad de su convocatoria pública, dado que se trata de las únicas entidades designadas para determinadas funciones recogidas en normativa nacional y europea.
Beneficiarios y funciones que se apoyan
Las tres entidades receptoras de las subvenciones son la Asociación Española de Normalización, la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial (FFII).
La Asociación Española de Normalización figura en la norma como el organismo nacional de normalización notificado a la Comisión Europea e integrado en el sistema europeo de normalización previsto en el Reglamento (UE) n.º 1025/2012. Su actividad de normalización se considera esencial para reforzar la competitividad de la industria y ofrecer a las empresas, en especial a las pymes, mecanismos para participar en normas internacionales y aprovechar sus ventajas.
ENAC es la entidad designada por el Real Decreto 1715/2010 como organismo nacional de acreditación, conforme al Reglamento (CE) n.º 765/2008. Su función de acreditar la competencia técnica de entidades que realizan evaluación de la conformidad, certificación, inspección, verificación, ensayo y calibración es descrita en el texto como pieza clave para garantizar la vigilancia del mercado y la confianza en los certificados emitidos en España.
La FFII se define en la norma como una fundación privada sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de fundaciones de competencia estatal, con fines de investigación orientados al mejoramiento y verificación de la calidad y seguridad de los productos industriales. La norma recalca que la FFII realiza actividades propias como investigación, inspección y ensayo en el ámbito de la verificación de la calidad y seguridad de productos.
La Secretaría de Estado de Industria, a través de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, actúa como órgano gestor de los programas de «Calidad y Seguridad Industrial», que incluyen investigación y análisis técnico, vigilancia del mercado y el desarrollo de la infraestructura de calidad y seguridad industrial.
Objetivos y alcance temporal
El real decreto sitúa estas subvenciones dentro del objetivo general de impulsar la competencia leal, facilitar el cumplimiento de requisitos reglamentarios mediante información técnica eficaz, reducir los riesgos asociados a la presencia de productos no conformes en el mercado y fomentar la innovación y la calidad del sector industrial.
La norma destaca el papel de la normalización y la acreditación como elementos para mejorar la información a consumidores y usuarios, garantizar la interoperabilidad de productos y facilitar el acceso al mercado interior de la Unión Europea.
El real decreto se refiere expresamente al ejercicio presupuestario 2026 y señala que las subvenciones tienen por objeto garantizar la continuidad de las actividades desempeñadas por las entidades beneficiarias durante 2026.
Cuantías, plazos y marco normativo
El texto oficial no detalla cuantías concretas ni plazos de ejecución o justificación de las subvenciones. El real decreto se apoya en normativa previa para justificar las actuaciones: la Ley 21/1992, del sector industrial; el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial; el Reglamento (UE) n.º 1025/2012 sobre normalización europea; y el Reglamento (CE) n.º 765/2008 sobre acreditación y vigilancia del mercado.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado el 10 de septiembre de 2026 incorpora el Real Decreto 724/2026, de 9 de septiembre, al ordenamiento público y enmarca la concesión directa de estas ayudas en el ejercicio presupuestario indicado.
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-18902).
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